La jubilación anticipada en España sigue aplicando recortes permanentes a la pensión, incluso para quienes tienen carreras laborales extensas. La normativa vigente, regulada por los artículos 207 y 208 de la Ley General de la Seguridad Social, no contempla excepciones según los años cotizados, y los coeficientes reductores se mantienen de por vida.

El caso de Manuel, 43 años cotizados y una reducción de 50 euros al mes

Manuel Guarino Nuño, un enfermero malagueño de 71 años, trabajó 43 años en un hospital público y, durante 27 de esos años, sumó media jornada en una clínica privada. En total, estima que su tiempo de trabajo efectivo equivale a unos 60 años. Sin embargo, al jubilarse anticipadamente seis meses antes de la edad ordinaria, el sistema le aplicó una reducción de 50 euros por mes en su pensión, de forma permanente.

“Parece que el sistema castiga más los meses que faltan para la edad oficial que todos los años que hemos trabajado y cotizado”, escribió Manuel en una petición pública en Change.org, que ya superó los 35.000 apoyos. Además del recorte, la administración le negó el complemento de paternidad a pesar de ser padre de cinco hijos, también por haberse jubilado anticipadamente.

Manuel no pide eliminar las penalizaciones para todos, sino únicamente para quienes acrediten más de 40 años de cotización. “No pedimos regalos. Pedimos justicia para quienes hemos sostenido el sistema durante décadas”, concluyó.

Los recortes según los años cotizados

La Seguridad Social aplica coeficientes reductores que varían según el tiempo de adelanto y los años de cotización. En el peor escenario, la reducción puede llegar al 21%. Para quienes tienen entre 41 años y 6 meses y 44 años y 6 meses cotizados, adelantar dos años la jubilación implica un recorte del 17%; si el adelanto es de un año, la reducción baja al 5%.

La edad ordinaria de jubilación sigue en los 65 años para quienes hayan cotizado 38 años y 3 meses o más. Quienes no alcancen ese periodo deberán esperar hasta los 66 años y 10 meses, salvo que opten por adelantarse y asumir los coeficientes.

Hasta cuándo se puede adelantar

La ley permite jubilarse anticipadamente hasta 24 meses antes de la edad ordinaria, siempre que se cumplan los requisitos. Así, quien tenga como edad de referencia los 65 años podrá retirarse a los 63, mientras que quien deba esperar a los 66 años y 10 meses podrá hacerlo a los 64 años y 10 meses.

El objetivo de estos recortes, según el planteamiento oficial, es desincentivar las salidas anticipadas para sostener el sistema de pensiones ante la llegada de la generación del baby boom. Por el contrario, cada año que un trabajador retrasa su jubilación se traduce en un 4% más de pensión, o en un pago único de entre 4.800 y 13.500 euros, según el caso.